El pasado miércoles 30 de agosto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo interpuesto por organizaciones civiles que exigían la despenalización del aborto en Aguascalientes. Con cuatro votos a favor, la Primera Sala de la SCJN declaró inconstitucionales tres artículos del Código Penal estatal que sancionaban con prisión el aborto voluntario o la participación en el mismo.
Con esta decisión, Aguascalientes se convierte en el estado número 12 en despenalizar el aborto en México, siguiendo los pasos de Ciudad de México, Oaxaca, Baja California, Coahuila, Veracruz, Colima, Hidalgo, Guerrero, Baja California Sur, Sinaloa y Quintana Roo. La sentencia de la Corte reconoce el derecho de las mujeres y las personas gestantes a decidir sobre su propio cuerpo y su salud reproductiva, así como el deber del Estado de garantizar el acceso a los servicios de interrupción legal del embarazo.
La resolución también implica que el Congreso de Aguascalientes debe modificar el Código Penal local antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones en que se notifique la sentencia. Además, ninguna mujer, persona gestante o personal médico podrá ser criminalizado por practicar o participar en un aborto.
La despenalización del aborto en Aguascalientes forma parte de una estrategia nacional impulsada por diversas organizaciones civiles que buscan universalizar este derecho en todo el país. Hasta el momento, se han presentado amparos contra los Códigos Penales de 18 estados y el propio Código Penal Federal.
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MC
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