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Nueva normativa impide a menores usar scooters eléctricos

Hace cerca de siete años comenzaron a aparecer en las calles de México las bicicletas eléctricas y los scooters. En un inicio llamaban la atención por su novedad, pero con el tiempo se han consolidado como una opción de transporte para quienes buscan desplazarse de manera más práctica y accesible, especialmente en distancias cortas.

Sin embargo, el aumento en su uso también ha traído un problema: la falta de regulación. No solo por el número de unidades que circulan, sino por cómo y dónde lo hacen. Hay usuarios que los conducen por banquetas, ciclovías y hasta avenidas principales sin ningún tipo de equipo de seguridad. Y eso ha provocado más de un accidente.

Scooters y bicis eléctricas: uso sin orden, ni conciencia

Cada vez es más común ver a personas utilizando scooters eléctricos o bicicletas con asistencia al pedaleo a excesos de velocidad, dejándolos estacionados donde sea, invadiendo espacios peatonales y generando caos en la vía pública.

Aguascalientes prohíbe scooters a menores de 16 años

Frente a esta situación, el estado de Aguascalientes decidió actuar. En una reciente publicación del Periódico Oficial del Estado, se estableció que los menores de 16 años tienen prohibido circular en scooters eléctricos por la vía pública.

No existía una norma que definiera en qué espacios podían circular estos vehículos, bajo qué condiciones o quién podía operarlos. Y eso provocó lo siguiente:

  • Aumento de accidentes viales.
  • Niños y adolescentes circulando sin casco ni equipo.
  • Cero control ni supervisión por parte de adultos.

Las autoridades justificaron la prohibición señalando que los menores no siempre tienen la madurez para anticipar riesgos viales. Por eso, decidieron limitar su uso.

¿Qué pasa si un menor es sorprendido en scooter?

Con esta reforma a la Ley de Movilidad en Aguascalientes, ahora solo las personas mayores de 16 años pueden circular en scooters eléctricos. Y no es todo:

  • Es obligatorio el uso de casco.
  • La velocidad máxima permitida es de 25 km/h.
  • Deben circular exclusivamente por ciclovías o el carril extremo derecho.

Si un menor es sorprendido violando esta norma, puede ser retenido por agentes de tránsito y canalizado al área de Justicia Cívica.

¿Y las bicicletas eléctricas?

Aunque el comunicado oficial enfatiza la prohibición para scooters, la normativa también aplica a los vehículos de movilidad personal, lo cual incluye bicicletas eléctricas, monociclos motorizados y otros dispositivos similares.

Si bien la intención es proteger a los menores y mejorar el orden en las calles, esta medida también ha abierto el debate. ¿Es realmente la mejor forma de abordar el problema? ¿No sería más útil acompañarla con educación vial, infraestructura segura y campañas de conciencia?

Lo cierto es que la movilidad eléctrica sigue creciendo, y si no se regula de forma adecuada, el desorden puede seguir afectando a todos.

Con información El Universal.

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