La petición de Profeco fue que “en un término de 48 horas, (Ticketmaster) suspenda la información consistente en la negativa de reembolso por la posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los artistas anunciados para un festival”.

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Profeco afirmó que los proveedores tienen la obligación de respetar los servicios que se ofrecen a dar, por lo que “si ofreció que un artista determinado estaría en el evento en cuestión, lo cual pudo motivar la compra de este evento, la proveedora debe respetar tales condiciones”.

De no dar el servicio que prometió la legislación que protege al consumidor pide al proveedor que reembolse el precio pagado por el comprador, lo que incluye el costo del boleto y los cargos por servicio, además de una compensación por al menos el 20% del costo del boleto, que para el caso de festivales puede ser de los días que dura el festival o por el día que no asista el artista prometido.

La única causa por la que no se puede exigir el reembolso es cuando existan causas de fuerza mayor, como enfermedad o accidente.