En su reporte de las 10:00 horas, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) indicó que se mantiene la Fase 1 de Contingencia Ambiental en la Ciudad de México y los municipios conurbados del Estado de México debido a que las condiciones climáticas no han permitido la dispersión de los contaminantes, principalmente ozono.
- Ante este panorama, las autoridades reiteraron nuevamente sus consejos para evitar daños a la salud, tales como:
- Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas
- Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas
- Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas
- Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados
“Reduce el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes; recarga gasolina después de las 18:00h horas y antes de las 10:00h; revisa y repara fugas en instalaciones de gas doméstico”, recomendó también la Came.
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Autos que no circulan hoy
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 4, 6, 8 y 0.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “00″, “0″, “1″ o “2″ que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “00″ o “0″ vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I
Con información de Infobae
bvp
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