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Suprema Corte admite controversia entre el INE y el «plan B» de la reforma electoral

Esta mañana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite la controversia constitucional presentada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la primera parte del “Plan B” electoral impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y Morena.

El ministro Alberto Pérez Dayán dijo que esta reforma «tiene por presentado al promovente con la personalidad que indica y, con base en lo expresado en la demanda, a la naturaleza de las normas impugnadas, atribuibles respectivamente al Congreso de la Unión y al Poder Ejecutivo Federal».

La primera parte de la reforma electoral incluye, entre diversas disposiciones, la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las cuales quedaron suspendidas desde la semana pasada por orden del ministro Pérez Dayán.

En la controversia que presentó ante la Corte, el INE consideró que las reformas a la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas producen una “violación directa” a  sus funcionescomo órgano constitucional autónomo.

Dichas medidas, se considera, “obstaculizan” la función que realiza el INE para garantizar la equidad en la contienda electoral, ya que la propaganda podría influir la elección.

Por si no lo viste:

Pérez Dayán dio un plazo de 30 días hábiles para que la Cámara de Diputados y el Senado, así como la Presidencia y la Secretaría de Gobernación, presenten su contestación.

El pasado domingo, la Presidencia de la República emitió un comunicado en el que acusa al ministro Alberto Pérez Dayán de hacer “fraude a la Constitución”, tras haber otorgado una suspensión para la entrada en vigor de la primera parte de la reforma electoral conocida como ‘Plan B’.

La Consejería Jurídica confirmó que ya presentó la impugnación contra la determinación que se dio a conocer esta semana.

En comunicado, Presidencia afirma que el ministro tomó una decisión “de forma dogmática”, pues argumenta que no hay actos eminentes e inmediatos o “alguna afectación irreparable al sistema democrático” con la aplicación de las reformas.

Con información de Aristegui Noticias.

dmra

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